18-11-2011
La concejala de Urbanismo ha informado a los propietarios con una situación económica difícil que la ley les ampara y pueden solicitar el aplazamiento del pago de las cuotas
…///… La concejala ha asegurado que el equipo de Gobierno "lamenta la situación económica complicada que puedan padecer algunos vecinos de Edeta", pero "también he de decirles que la ley les ampara y pueden obtener un aplazamiento, obligatorio para el urbanizador, en el pago de las cuotas de urbanización si acreditan una insuficiencia financiera para hacer frente a los costes".
Por cierto como hay que empezar por algún sitio, pues por el final mismo dos dudas más: ¿El fraccionamiento de pago de las cuotas urbanísticas está recogido en el artículo 181. Cuotas de urbanización de la LUV?
¿El tener autorizado el aplazamiento de pago de las cuotas, supone impedimento pasa solicitar la suspensión temporal del programa?
¿Dónde pone que es un impedimento en la transitoria primera?
En otros asuntos y desde el desconocimiento, surge la desconfianza:
DECRETO LEY 2/2011, de 4 de noviembre DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.
Suspensión temporal de la ejecución de los programas.
En el segundo supuesto:
b) la viabilidad económica de la actuación.
La Solicita la Administración de oficio, o a instancia de los propietarios o del urbanizador.
La informan los servicios técnicos y jurídicos de la administración actuante
Expuesta al público por un plazo de quince días, mediante anuncio en el BOP. Audiencia simultánea, por el mismo plazo, al empresario constructor y a los propietarios y titulares de derechos y deberes afectados por la actuación.
DUDAS:
Se ha presentado instancia de solicitud al ayuntamiento
¿La solicitud de propietarios inicia el procedimiento suspensión?
Previo a la toma del acuerdo de suspensión temporal:
¿La solicitud deben informarla los servicios técnicos y jurídicos de la administración actuante? ¿Existen los informes?
¿Se ha publicado en el BOP?, ¿Qué nº y día?
¿Se ha recibido en audiencia simultánea y durante los mismos 15 días, a todas las partes afectadas?
¿A quienes y cuando?
El acuerdo de suspensión temporal ponderará los eventuales perjuicios que pudiesen derivarse para los propietarios o terceros afectados y contendrá obligatorio pronunciamiento sobre las medidas a adoptar para salvaguardar sus derechos
¿SE HA CUMPLIDO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA TOMAR EL ACUERDO?
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Levante-EMV.com » Comarcas Sábado 19 de noviembre de 2011
El pleno de Llíria rechaza parar la urbanización del PAI Edeta como pedían los vecinos, con los votos de PP y PSOE…///…
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Rechazan paralizar las obras en Edeta 19.11.11 - 00:19 - REDACCIÓN.
El Ayuntamiento de Llíria lo rechazó, con los votos de PP y PSOE, 




1 comentarios:
Bueno, de momento sólo han rechazado parar la obra mientras preparamos el expediente. No pasa nada... Presentaremos la legítima solicitud de suspensión.
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